PET FRIENDLY
REGLAMENTO DE MASCOSTAS HASTA 10kg.
CENTRO COMERCIAL AÑAZA CARREFOUR.
El Centro Comercial Añaza Carefour, es considerado espacio PET FRIENDLY por lo que está permitido el acceso a todas nuestras zonas comunes los animales de compañía cuyo peso no superen los 10Kg así como los perros guía de cualquier tamaño.
Dentro de cada establecimiento es el propio comercio quien se reserva el derecho de admitir o no mascotas. Las mascotas podrán ingresar a los locales únicamente cuándo estos permitan su ingreso.
NORMAS GENERALES
1.-Responsabilidad y acompañamiento
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Todas las mascotas deben estar siempre acompañadas por su dueño o un responsable mayor de edad.
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El propietario será plenamente responsable de cualquier daño o perjuicio causado por su mascota a terceros o a sus bienes, así como de las consecuencias administrativas, civiles o penales que pudieran derivarse.
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El Centro Comercial queda exonerado de toda responsabilidad por incidentes ocasionados por las mascotas o que afecten a estas.
2.-Control y sujeción de la mascota
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Las mascotas deben portar collar y correa en todo momento y caminar junto a su dueño.
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No está permitido dejarlas sueltas, atadas al mobiliario, en el exterior del centro comercial ni en zonas comunes.
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No podrán subirse al mobiliario del Centro Comercial.
3.-Comportamiento adecuado
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Solo se permitirá el acceso a mascotas con conducta adecuada.
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Queda prohibido el ingreso de mascotas con comportamiento agresivo o que puedan suponer un riesgo para los visitantes.
4.-Higiene
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Los propietarios deben evitar que sus mascotas realicen deposiciones en el interior del Centro Comercial.
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En caso de que ocurra, el responsable deberá limpiar inmediatamente cualquier excremento o suciedad, portando siempre los utensilios necesarios.
5.-Normativa legal y perros potencialmente peligrosos (PPP)
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Los propietarios deberán cumplir toda la normativa local, autonómica y estatal vigente en materia de tenencia de animales.
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En el caso de perros calificados como PPP, deberán llevar bozal y correa corta, cumpliendo estrictamente la legislación aplicable (Ley 10/1999, Decreto 170/2002, Ley 50/1999 y Real Decreto 287/2002, entre otras normativas vigentes).
6.-Movilidad dentro del Centro Comercial
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Rampas mecánicas: Por la propia seguridad de tu mascota, se deberá portar la mascota en brazos o en un transportín. Alternativamente, se debe usar el ascensor, siempre y cuando viajéis solos.
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Baños: queda restringido el acceso de mascotas.
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Eventos con aglomeraciones: no está permitido el ingreso ni permanencia de mascotas en show, presentaciones, conciertos o actividades similares.
7.-Bienestar animal
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No se permite dejar mascotas dentro de vehículos estacionados en el parking por motivos de seguridad y bienestar.
8.-Límites de peso
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Se permite el acceso de mascotas de hasta 10 kg.
9.-Derecho de admisión
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El Centro Comercial se reserva el derecho de solicitar la salida de cualquier mascota cuyo responsable incumpla las normas o cuyo comportamiento pueda causar molestias o un riesgo al resto de visitantes.
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En todos los casos, se deberá cumplir con las normativas locales, autonómicas y estatales relativas a la tenencia de animales según:
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Ley 10/1999, de 30 de julio
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Decreto 170/2002, de 11 de julio
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Ley 50/1999, de 23 de diciembre
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Real Decreto 287/2022 de 22 de marzo (tenencia de animales potencialmente peligrosos) https://www.boe.es/eli/es/rd/2002/03/22/287
Se podrá solicitar el abandono del centro comercial al propietario de cualquier mascota que se niegue a cumplir la normativa, así como se podrá avisar a la policía municipal para que actúe como autoridad para exigirle el cumplimiento de esta.